Propiedad Intelectual en la Impresión 3D

La Propiedad Intelectual es la gran piedra en el camino de la tecnología e impresión 3D. En esta página te expongo los principales conocimientos que debes tener claros sobre cómo afecta la propiedad intelectual en la impresión 3D:

Principal: este apartado es el segundo de esta Guía sobre Impresión 3D y Propiedad Intelectual

 

¿Cuándo hay derechos de Propiedad Intelectual en la Impresión 3D?

En el sector de la impresión 3D, los derechos de propiedad intelectual (DPI) sirven para proteger las obras originales y las innovaciones técnicas. La clave está en saber cuándo se aplican ya que no todo diseño o modelo 3D está automáticamente protegido. Esta propiedad intelectual incluye derechos de autor, diseños industriales, patentes y marcas.

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Breve introducción a cada tipo de protección:

Los derechos de autor protegen modelos originales si cumplen con la originalidad y están fijados en un soporte tangible o digital, como un archivo STL. Aunque cuidado, porque no protegen ideas abstractas ni elementos funcionales, que deben protegerse con otros instrumentos legales, como las patentes.

Por otro lado, los diseños industriales protegen la apariencia externa de un producto siempre que sea nuevo y singular. Esto es clave para modelos estéticos o decorativos en el mercado.

Las patentes, en cambio, protegen invenciones técnicas y novedosas, como innovaciones en tecnología de impresión 3D o mecanismos incorporados en un modelo.

Y lo que más te sonará, las marcas se utilizan para proteger sobre todo los elementos y signos tridimensionales, protegen formas distintivas usadas para identificar el origen comercial de un producto, como envases o logotipos.

Los modelos genéricos, derivados de obras protegidas sin cambios sustanciales, o que estén en dominio público, no cuentan con DPI. La correcta protección legal requiere identificar las características de cada creación y utilizar los mecanismos adecuados, como registro de diseños, patentes o marcas, para garantizar los derechos en un sector tan innovador y dinámico como la impresión 3D.

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Derechos de Autor: Protección de Modelos 3D Originales

¿Qué protege el derecho de autor?

Eterna pregunta y duda que hoy vas a aclarar.

El derecho de autor protege las obras originales que sean una expresión creativa y estén fijadas en un soporte tangible o digital, como un archivo STL o CAD. Al aclarar que tienen que ser «ideas fijadas en un soporte tangible o digital» me refiero a que las «ideas en abstracto», en la mente de alguien, no se protegen, porque no han sido «expresadas» o «ejecutadas» y convertidas en una obra artística (todavía).

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Vamos a ver con más detalle qué se protege y luego pondré un ejemplo.

En el contexto de la impresión 3D:

  • Se protegen los modelos 3D originales diseñados por un autor (persona). Todavía no se está protegiendo el arte generado exclusivamente por IA (pero tiempo al tiempo).
  • También cubre las representaciones gráficas o visuales de los diseños.

Aquí es donde entran gran parte de los diseños y modelos 3D que se crean, ya que se hacen desde el enfoque artístico y decorativo (no funcional como cuando hablamos de piezas o repuestos).

Requisitos para que se proteja con Derechos de Autor

Vamos a entrar en más detalle para que puedas tener claro cuándo sí los protegemos con estos derechos:

  1. Originalidad: La obra debe reflejar creatividad y decisiones intelectuales propias del autor. Ejemplo: Un diseñador crea un modelo de un jarrón decorativo con detalles únicos; este modelo está protegido por derechos de autor y usaríamos la Ley de Propiedad Intelectual en España para reclamar por la infracción.
  2. Materialización: El diseño debe estar plasmado en un soporte físico o digital (no protege ideas abstractas) como comentaba en los apartados anteriores. La imaginación no se protege, recuérdalo.

Limitaciones del derecho de autor:

  • No protege elementos funcionales o técnicos, que deben ser protegidos mediante patentes.
  • Modelos simples o geométricos (como un cubo) podrían no cumplir el requisito de originalidad.

Ejemplo práctico de protección por derecho de autor en impresión 3D:

Un diseñador crea un modelo 3D digital en formato STL de un personaje ficticio que ha diseñado para un videojuego. El modelo incluye detalles únicos, como la forma del cuerpo, los rasgos faciales y los accesorios que reflejan claramente la creatividad del autor. No es un personaje que ya existiera en la colección de ningún otro artista. Este modelo está fijado en un soporte digital (el archivo STL), lo que cumple con el requisito de materialización, y su diseño creativo lo convierte en una obra original protegida automáticamente por derechos de autor según la Ley de Propiedad Intelectual en España.

Si otra persona descarga este modelo de una plataforma online sin autorización y lo utiliza para imprimir y vender figuras del personaje, estaría infringiendo los derechos exclusivos del autor sobre la reproducción y distribución de su obra. En este caso, el diseñador podría reclamar el cese inmediato de estas actividades y buscar una compensación económica por las pérdidas sufridas, así como exigir la retirada del mercado de las figuras no autorizadas.

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Te puede interesar este post en mi Blog sobre la Importancia de conocer los Derechos de Propiedad Intelectual para Diseñadores, Fabricantes y Usuarios (leer aquí)

 

Diseños Industriales: Protección de la Apariencia Externa en Impresión 3D

¿Qué es un diseño industrial?

El diseño industrial protege la apariencia externa de un producto, siempre que sea nuevo y tenga carácter singular.

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Vamos a verlo con un ejemplo:

Un ejemplo práctico de cómo el diseño industrial protege la apariencia externa de un producto puede observarse en el caso de un diseñador de mobiliario que crea un modelo 3D de una silla con un diseño único y estético, incorporando curvas innovadoras y detalles decorativos que no se encuentran en otros productos similares en el mercado.

Si este diseñador registra el modelo como diseño industrial en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), obtendrá derechos exclusivos sobre la apariencia externa de la silla. Esto significa que podrá impedir que otras personas o empresas reproduzcan, distribuyan o comercialicen sillas con una apariencia idéntica o que generen la misma impresión visual.

En este caso, el registro protege el valor estético y decorativo del diseño, pero no su funcionalidad, como la capacidad de soportar peso o la forma en que está ensamblada, ya que estas características técnicas deben protegerse mediante patentes si son innovadoras. Además, para que el diseño sea protegido, debe ser nuevo (no haber sido divulgado previamente) y tener carácter singular (causar una impresión visual distinta en el usuario informado respecto a otros diseños existentes).

Cuándo usamos la protección de diseños industriales en impresión 3D:

  1. Modelos estéticos: Diseños decorativos o con valor comercial (por ejemplo, joyería, mobiliario). Ejemplo: Un modelo 3D de un anillo con un patrón exclusivo puede registrarse como diseño industrial.
  2. Requisitos para la protección legal:
    • Novedad: El diseño no debe haber sido divulgado antes de su registro.
    • Carácter singular: El diseño debe causar una impresión visual única en los usuarios informados.
  3. Limitaciones: Los diseños creados exclusivamente por su función técnica no están protegidos por este derecho (DOCERAM v. CeramTec, C-395/16).

Jurisprudencia

Qué dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la protección de diseños industriales cuando haya una función técnica:

La sentencia C-395/16 (DOCERAM GmbH contra CeramTec GmbH) emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en marzo de 2018 aborda los límites de la protección de los diseños industriales comunitarios bajo el artículo 8.1 del Reglamento (CE) n.º 6/2002, estableciendo principios fundamentales para determinar cuándo una característica de diseño está dictada exclusivamente por su función técnica.

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Puedes leer más sobre el caso y el productos que se protegía aquí (enlace)

  1. Exclusión de protección para características dictadas por la función técnica: El artículo 8.1 establece que un diseño industrial no puede beneficiarse de protección si las características de apariencia del producto están dictadas exclusivamente por su función técnica. Esto significa que la elección del diseño debe implicar consideraciones estéticas u otras ajenas a la funcionalidad técnica.Conclusión del TJUE: La mera existencia de alternativas que cumplan la misma función técnica no es suficiente para descartar la exclusión de protección. Es necesario demostrar que la función técnica fue el único factor determinante de las características del diseño.
  2. Criterios de evaluación: El TJUE enfatizó que la evaluación debe basarse en todas las circunstancias objetivas del caso, incluyendo:
    • Las características del diseño en cuestión.
    • Los motivos detrás de la elección de esas características (por ejemplo, documentación técnica o datos de uso).
    • La existencia de alternativas, siempre que su relevancia esté respaldada por pruebas fiables.

    No se debe depender únicamente de la percepción de un “observador objetivo” o usuario informado, como ocurre en otros apartados del Reglamento.

Diseños funcionales versus estéticos en impresión 3D

En la impresión 3D, los diseños que cumplen únicamente una función técnica (por ejemplo, un engranaje optimizado para una máquina) no pueden protegerse como diseño industrial. Estos deben protegerse mediante patentes, si cumplen los requisitos de novedad y actividad inventiva.

Ejemplo: Un modelo 3D de un soporte estructural optimizado para reducir peso y mejorar resistencia podría no beneficiarse de la protección de diseño industrial si su forma está dictada exclusivamente por estas funciones técnicas.

Explicado con más detalle:

En el ámbito de la impresión 3D, los diseños funcionales y estéticos plantean diferencias clave en cuanto a su protección legal. Un diseño funcional está determinado exclusivamente por su utilidad técnica, es decir, la forma del objeto responde únicamente a su capacidad para cumplir un propósito práctico.

Por ejemplo, un engranaje optimizado para transmitir movimiento con mayor eficiencia es puramente funcional, y su forma se debe a requisitos técnicos. Este tipo de diseño no puede protegerse mediante un diseño industrial, ya que el Reglamento (CE) n.º 6/2002 excluye de protección las características dictadas exclusivamente por la función técnica.

Por otro lado, los diseños que combinan elementos funcionales y estéticos son susceptibles de protección siempre que el aspecto estético no sea secundario al uso técnico. En este caso, el diseño debe causar una impresión visual distintiva y reflejar decisiones creativas más allá de las meramente técnicas. Por ejemplo, como he mencionado antes (para seguir con el mismo caso), un modelo 3D de una silla diseñada para ser ergonómica (funcional) y decorativa (estética) podría beneficiarse de la protección por diseño industrial, pero únicamente en los aspectos estéticos que no estén dictados por su funcionalidad.

Es importante destacar que la existencia de alternativas con diferentes diseños técnicos no garantiza automáticamente la protección. La relevancia en estos análisis de la sentencia del TJUE en el caso DOCERAM v. CeramTec es que remarcaba que la evaluación debe centrarse en si las características del diseño están exclusivamente determinadas por su función técnica. Esto significa que el creador debe demostrar que las decisiones sobre la forma del objeto no solo responden a su utilidad, sino que también incluyen una consideración estética o creativa.

En la práctica, esta distinción es importantísima para los diseñadores y makers que trabajan con impresión 3D. Registrar un diseño que sea predominantemente funcional como diseño industrial puede resultar en la anulación del registro (y que no esté efectivamente protegido cuando queramos reclamar por su supuesta infracción). Por ello, es fundamental analizar cada característica del modelo y decidir si conviene protegerlo mediante diseño industrial, patente o ambos, según corresponda. Esto no solo optimiza la protección legal, sino que también permite una defensa efectiva frente a posibles infracciones.

Evaluación de diseños mixtos

Un diseño que combina elementos funcionales y estéticos podría beneficiarse de la protección por diseño industrial. Sin embargo, solo las características no dictadas exclusivamente por la función técnica serán protegibles.

Ejemplo: Un envase decorativo con elementos técnicos (como cierres) puede ser protegido en su aspecto decorativo, pero no en el mecanismo técnico de cierre.

En el contexto de la impresión 3D, un diseño mixto podría ser, por ejemplo, un envase o un componente técnico con elementos visuales distintivos. Un diseño de una carcasa para dispositivos electrónicos que incluya detalles estéticos, como formas fluidas o patrones decorativos, podría beneficiarse de la protección del diseño industrial. Ahora, el problema o discusión sobre la protección estaría en las características como orificios para tornillos o ranuras que son necesarias para la función técnica del dispositivo, que no serían protegibles, ya que están dictadas exclusivamente por su uso.

El análisis de estos casos debe considerar las intenciones detrás del diseño. Si las características tienen alternativas viables desde el punto de vista técnico y el diseñador ha optado por una configuración que también persigue un objetivo estético, esas características pueden calificarse como mixtas y, por lo tanto, protegibles.

La clave está en demostrar que el diseño no está determinado exclusivamente por la necesidad técnica, sino que refleja elecciones creativas.

Este enfoque permite equilibrar la protección de la innovación estética con la exclusión de las características funcionales, que deben permanecer disponibles para todos. Para diseñadores que operan en el ámbito de la impresión 3D, recomiendo identificar y destacar las características decorativas de un modelo en las solicitudes de registro de diseño, dejando los aspectos funcionales bajo el ámbito de las patentes, si corresponde. Esto asegura la protección y evita problemas o discusiones sobre el alcance del diseño registrado.

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Te puede interesar este post en mi Blog sobre la Relación entre los derechos de autor y los modelos digitales utilizados en la impresión 3D (leer aquí)

 

Patentes: Protección de Innovaciones Técnicas en Impresión 3D

¿Qué protege una patente?

Las patentes protegen invenciones técnicas que sean nuevas, impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial.

La protección por patentes en la impresión 3D se utiliza para proteger invenciones técnicas relacionadas con los procesos, materiales o productos creados mediante esta tecnología.

Una patente asegura derechos exclusivos al titular sobre el uso, fabricación y comercialización de la invención, siempre que cumpla los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

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Cómo se usa la protección por patentes en la impresión 3D:

  1. Tecnologías de impresión: Innovaciones en el hardware o software de las impresoras 3D. Ejemplo: Un nuevo mecanismo para mejorar la precisión de la impresión 3D puede patentarse.
  2. Productos funcionales: Modelos 3D que incorporen mecanismos técnicos innovadores (por ejemplo, una prótesis ortopédica con un sistema de ajuste dinámico).

En este ámbito, se pueden patentar elementos como nuevos mecanismos para impresoras 3D que mejoren su precisión o eficiencia, materiales innovadores utilizados en la impresión (por ejemplo, polímeros avanzados), o diseños funcionales que resuelvan un problema técnico, como prótesis médicas con sistemas de ajuste automatizado.

Y ya hemos visto en apartados anteriores que las características meramente decorativas o estéticas de un modelo no pueden protegerse mediante patente; en esos casos, se debe recurrir a otras herramientas como los diseños industriales.

La protección por patente no solo ayuda a las empresas e inventores a monetizar sus desarrollos tecnológicos, sino que también fomenta la innovación al garantizar que las soluciones técnicas estén protegidas frente a su copia no autorizada. Para aprovechar esta herramienta en el sector de la impresión 3D, se recomienda realizar una búsqueda previa para evitar conflictos con patentes existentes y redactar solicitudes que detallen claramente la contribución técnica de la invención.

Limitaciones de la protección por patentes:

El diseño externo de un modelo no está protegido por una patente; debe registrarse como diseño industrial.

Aclaro el punto de las limitaciones porque me llegan consultas en los que hay gente muy confundida…

Las patentes no cubren aspectos estéticos o decorativos de un diseño, ya que están enfocadas exclusivamente en proteger invenciones que cumplen con requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial. Esto significa que si un modelo 3D tiene valor técnico y estético, los elementos puramente decorativos no estarán protegidos por la patente (lo hemos visto en el apartado de diseños industriales, sube arriba para releerlo).

Además, el proceso de obtención de una patente es complejo, costoso y requiere divulgación pública detallada de la invención. Esta divulgación puede ser un riesgo si la patente no es concedida o si terceros encuentran formas de eludir las reivindicaciones técnicas. Por ejemplo, un competidor podría modificar elementos técnicos mínimos para evitar infringir la patente, aprovechando la divulgación para desarrollar alternativas.

Otra limitación es la territorialidad de las patentes. Aunque una patente otorga derechos exclusivos en los países donde está registrada, no protege automáticamente en el resto del mundo. Esto puede ser problemático en sectores globalizados como la impresión 3D, donde la fabricación y distribución internacional de productos es común. Los innovadores deben considerar estrategias internacionales, como el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), para ampliar su alcance.

Finalmente, las patentes tienen una duración limitada (generalmente 20 años desde la solicitud, y 10 años si se trata de un modelo de utilidad), lo que obliga a los titulares a buscar nuevas innovaciones o estrategias comerciales una vez que los derechos expiran. Esto hace que las patentes sean más adecuadas para tecnologías con relevancia técnica prolongada y un fuerte retorno de inversión en ese periodo. Estos factores deben sopesarse cuidadosamente al decidir si registrar una patente.

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Diferencia entre Patente (20 años de protección) y Modelo de Utilidad en España (10 años de protección)

En España, la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, establece los criterios para decidir entre proteger una invención mediante una patente o un modelo de utilidad, dependiendo del nivel de innovación técnica y la complejidad de la invención.

Las patentes, con una duración de 20 años desde la fecha de solicitud, están destinadas a proteger invenciones que sean nuevas (art. 6), impliquen una actividad inventiva (art. 8), y tengan aplicación industrial (art. 9). Este nivel de protección es ideal para tecnologías complejas o avances técnicos significativos. Por ejemplo, un mecanismo innovador que mejore el proceso de impresión 3D puede protegerse como patente si demuestra que no es obvio para un experto en la materia y tiene un impacto técnico novedoso.

Por otro lado, los modelos de utilidad, regulados en el artículo 137 de la Ley de Patentes, ofrecen una protección de 10 años y están diseñados para invenciones menos complejas o mejoras funcionales de productos ya existentes. No exigen un nivel tan elevado de actividad inventiva como las patentes (art. 8.1), pero sí deben cumplir con los requisitos de novedad y aplicación industrial. Por ejemplo, una mejora práctica en un accesorio para una impresora 3D que facilite su funcionamiento podría ser protegido mediante un modelo de utilidad, ya que se trata de un avance técnico más modesto, pero relevante.

Además, el procedimiento para obtener un modelo de utilidad es más rápido y menos costoso, tal como permite el artículo 145 de la Ley, lo que lo convierte en una opción atractiva para pequeñas empresas o diseñadores independientes que buscan protección efectiva para sus innovaciones.

En resumen, las patentes son más adecuadas para proteger invenciones técnicas importantes con una exclusividad prolongada, mientras que los modelos de utilidad ofrecen una alternativa más ágil y económica para mejoras funcionales de productos. La elección dependerá de la naturaleza de la invención y de la estrategia de protección, siempre cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley de Patentes.

 

Cómo evitar la confusión entre diseño industrial y patente en impresión 3D

En el sector de la impresión 3D, la diferencia entre un diseño industrial y una patente radica en el tipo de protección que otorgan.

Los diseños industriales protegen la apariencia externa de un producto, siempre que sea novedosa y tenga carácter singular. Su objetivo es preservar el valor estético de un modelo, como la forma decorativa de una lámpara o un accesorio con patrones únicos. En cambio, las patentes protegen invenciones técnicas o soluciones funcionales innovadoras, como un mecanismo que mejora la precisión de impresión o un sistema de ensamblaje automatizado.

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Para evitar confusión, es esencial identificar qué aspecto del modelo 3D se quiere proteger.

Si el valor del diseño radica en su estética, debe registrarse como diseño industrial. Si el modelo incorpora una innovación técnica o funcional, como un nuevo tipo de extrusor para impresoras 3D, entonces corresponde protegerlo mediante una patente. En algunos casos, puede ser necesario combinar ambas protecciones, separando los elementos decorativos de los funcionales.

Otra clave es evaluar los requisitos legales de cada protección.

Los diseños industriales no protegen características dictadas exclusivamente por la función técnica, según el artículo 8.1 del Reglamento (CE) n.º 6/2002, mientras que las patentes requieren novedad, actividad inventiva y aplicación industrial. Por lo tanto, un análisis detallado de la finalidad del modelo y de sus características técnicas ayudará a determinar el registro más adecuado, evitando así disputas o la pérdida de derechos.

Tiene que quedarte claro cuándo se usa el propósito del diseño y cuándo el de las patentes.  Sino podrías poner en riesgo la protección real de tus creaciones.

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Marcas Tridimensionales en impresión 3D

Primero, vamos a aclarar lo que es una Marca vs una Marca tridimensional

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Tal vez tengas dudas al leer la palabra «marca» y prefiero aclarar esto antes de que me confundas marca con «marca tridimensional» (parecidas pero no son lo mismo).

Una marca normalmente conocida suele estar compuesta por elementos textuales (nombres, palabras) o gráficos (logotipos, símbolos) que identifican productos o servicios de una empresa. Estas marcas se registran y protegen para garantizar que los consumidores asocien ciertos productos con una calidad o procedencia concreta. Por ejemplo, el nombre «Coca-Cola» o su logotipo.

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Por otro lado, una marca tridimensional se aplica a formas específicas, envases o diseños que tienen una función distintiva y comercial, como identificar el origen del producto. A diferencia de una marca tradicional, la tridimensional no se limita a texto o imágenes planas, sino que protege la forma física de un objeto. Un ejemplo clásico es la botella de vidrio de Coca-Cola, cuya forma icónica está registrada como marca tridimensional.

La principal diferencia es que, en las marcas tridimensionales, el diseño o forma en sí debe ser lo suficientemente distintivo como para que los consumidores lo asocien directamente con una empresa, sin necesidad de textos o logotipos adicionales. Además, esta forma no puede estar dictada únicamente por su funcionalidad, ya que en ese caso no podría registrarse como marca.

¿Qué protege una marca tridimensional?

Una marca tridimensional protege formas, envases o diseños que sirven para identificar el origen comercial de un producto o servicio. Es decir, permite que los consumidores asocien un diseño específico con una empresa o marca. Este tipo de marca puede incluir, con en el ejemplo anterior, el diseño de una botella, un logotipo en relieve o cualquier forma distintiva que cumpla con el requisito de diferenciación en el mercado.

Para que una marca tridimensional esté protegida, debe ser lo suficientemente distintiva y no estar dictada exclusivamente por una función técnica. Esto significa que la forma registrada no puede ser necesaria únicamente para que el producto funcione. Por ejemplo, una botella con un diseño decorativo único puede registrarse como marca, pero una pieza mecánica cuyo diseño está determinado por su funcionalidad no sería elegible.

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En impresión 3D, este tipo de marcas es útil para proteger diseños exclusivos que se imprimen para reforzar la identidad comercial, como envases personalizados o elementos decorativos reconocibles de un producto.

Una vez registrada, la marca tridimensional otorga derechos exclusivos durante 10 años (renovable por 10 años más, las veces que quieras) para evitar que terceros utilicen un diseño similar que pueda causar confusión en los consumidores.

Aplicación en impresión 3D:

  • Modelos que actúen como identificadores comerciales, como envases o logotipos.
    • Ejemplo: Una botella de perfume impresa en 3D con un diseño único y registrado como marca tridimensional.

Requisitos:

  1. La forma debe ser distintiva.
  2. No puede estar dictada exclusivamente por una función técnica.

Un diseño genérico o funcional, como un envase estándar, no cumpliría con este requisito. En la impresión 3D, esto se traduce en la posibilidad de proteger envases o productos impresos que destaquen por su diseño y aporten valor a la identidad de la marca.

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Por cierto, si te gustaría ver cómo comparo dos frascos de perfume (uno falso) en un programa de LaSexta (Equipo de Investigación) aquí tienes el enlace al contenido y vídeo (ver aquí)

 

Cuándo NO hay DPI en impresión 3D

No todos los modelos 3D tienen protección por DPI. Los casos en los que no se aplican incluyen:

  1. Falta de originalidad: Modelos genéricos o basados en formas comunes que no demuestren creatividad. Ejemplo: Un cubo o esfera sin elementos decorativos únicos.
  2. Uso de modelos en dominio público: Si el diseño ha perdido protección por expiración de derechos o no fue registrado.
  3. Infracciones en diseño derivado: Alterar ligeramente un diseño protegido no lo convierte en una obra original; puede ser una infracción.

Cómo hemos visto hasta este apartado, no siempre los modelos 3D pueden estar protegidos por derechos de propiedad intelectual (DPI). Por ejemplo, si el diseño carece de originalidad, como en el caso de formas genéricas o elementos comunes que no reflejen creatividad, no es elegible para protección. Un cubo o una esfera simple, sin ningún elemento distintivo, no cumpliría con los requisitos para derechos de autor o diseños industriales.

Tampoco hay Derechos de propiedad intelectual cuando se utilizan modelos que pertenecen al dominio público, ya sea porque los derechos han expirado o nunca fueron registrados. En estos casos, cualquier persona puede reproducir, modificar o comercializar el diseño sin incurrir en infracción.

Además, modificar mínimamente un diseño protegido para hacerlo parecer diferente no lo convierte automáticamente en una obra original. Estos «diseños derivados» pueden seguir infringiendo los derechos del titular original, ya que el concepto de originalidad no se cumple. Es fundamental analizar cada caso para determinar si realmente se aplica alguna protección legal.

 

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¿Un diseño que está por todo se considera en dominio Público?

Esta duda me la han planteado mucho. Aclaramos.

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El hecho de que un diseño esté disponible para su descarga en una página web no significa automáticamente que esté en dominio público.

El dominio público aplica únicamente cuando los derechos han expirado (por ejemplo, 70 años después de la muerte del autor en el caso de derechos de autor), nunca se protegió por no cumplir los requisitos legales o el titular renunció explícitamente a sus derechos. Hay que tener en cuenta que muchos diseños descargables están protegidos bajo licencias específicas que permiten ciertos usos, como las licencias Creative Commons, que pueden limitar el uso comercial o exigir atribución al autor.

Si un diseño carece de información sobre licencias o derechos, no puede asumirse que es de dominio público. Esto es especialmente problemático en plataformas que permiten subir contenido sin controles, ya que podrían estar infringiendo los derechos de los titulares. Usar un diseño de estas páginas sin verificar su situación legal puede suponer riesgos legales para el usuario.

Para evitar problemas, es importante verificar las licencias asociadas a un diseño y, en caso de duda, contactar con el autor o titular de los derechos para obtener autorización. Además, descargar únicamente de plataformas confiables con términos claros y consultar bases oficiales como la OEPM o EUIPO puede ayudar a garantizar el uso legítimo del diseño.

En resumen, la disponibilidad de un diseño no garantiza que pueda usarse libremente, por lo que siempre se debe actuar con precaución y diligencia.

Te puede interesar este post en mi Blog sobre Qué es una Infracción de Propiedad intelectual y Cuándo se da en impresión 3D? (estate atento al blog estos días de Enero)

 

Importante

Como abogado especializado en propiedad intelectual e industrial, quiero ayudarte a trazar una estrategia que te permita proteger tus creaciones y actuar frente a las reclamaciones por infracción. A través de una videoconsulta personalizada, podremos analizar tu caso, la legalidad de los usos que haces de la impresión 3D, y darte la estrategia de protección que mejor se adapta a tu situación. Durante esta sesión, recibirás:

  • Asesoramiento en propiedad intelectual y propiedad industrial.
  • Estrategia de protección y defensa (ya te encuentres con un problema de reclamaciones o quieras prevenirlo).
  • Asesoramiento sobre la protección y defensa jurídica que necesitas.
  • Seguimientos posterior a tu consulta.

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